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De existir una deuda, deberán presentar una certificación de la
existencia y vigencia de un plan de pago.
(6)
Certificación negativa de deuda emitida por el Centro de
Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM) por concepto de
contribuciones sobre la propiedad mueble e inmueble y sus
accionistas, socios o dueños. De existir una deuda, deberán
presentar una certificación de la existencia y vigencia de un plan de
pago.
(7)
Certificaciones del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos
de no-deuda por concepto de seguro social choferil, seguro de
desempleo e incapacidad no ocupacional
(8)
La Corporación se reserva el derecho de, en cualquier etapa del
proceso de evaluación y aprobación del financiamiento, requerir a las entidades
fílmicas cualesquiera otros documentos o información que estime necesaria y
pertinente para la protección del interés público
ARTICULO 9: -
PROCEDIMIENTO PARA RECIBIR PROPUESTAS
a) La Junta de Directores seleccionará dos (2) períodos en el año
para la aceptación de propuestas de proyectos a ser considerados. Cada
período tendrá una duración no menor de treinta (30) días, el cual se
notificará mediante un aviso público en por lo menos dos (2) periódicos de
circulación general. El primer período de aceptación de propuestas, luego
de aprobado este Reglamento, no será menor de cuarenta y cinco (45) días.
El aviso público establecerá, entre otras cosas, la fecha límite para
la radicación de propuestas. Después de la fecha límite establecida en el
aviso público, no se aceptará proyectos hasta el anuncio del nuevo período
de evaluación.
b) Todos los proyectos sometidos serán evaluados en una primera
etapa por la Corporación para determinar si cumplen con la documentación
requerida en este Reglamento y con los criterios de calidad establecidos.
c) La Junta Consultiva evaluará todos los proyectos presentados que
hayan cumplido con la radicación de la documentación requerida, y hará
una selección inicial de los proyectos que serán considerados para la